A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Abogado·Demandado Autoridad Judicial 2
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de la causal, por tener interés en la actuación procesal
- Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
- Alcance respecto a tener interés en la decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El magistrado Juan Carlos Cortés González presentó un impedimento para resolver el presente asunto.
Para el efecto informó que su elección como magistrado de la Corte Constitucional fue demandada ante la autoridad judicial que profirió la sentencia de segunda instancia del proceso de tutela que se revisa, lo cual podría afectar su imparcialidad.
Teniendo en cuenta que no se ha proferido una decisión dentro del proceso de nulidad electoral referido, se advirtió que concurre una circunstancia para genera la imposibilidad de que el magistrado adopte una decisión, por la afectación de su imparcialidad objetiva y subjetiva al entender el caso.
Con base en lo anterior se declara que el magistrado Juan Carlos Cortés González se encuentra impedido para conocer la presente acción de tutela y, en consecuencia, se ACEPTA el impedimento formulado y se le separa del conocimiento del expediente de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- RESUELVEN
- Primero. DECLARAR que, en el proceso de tutela con el número de radicado T-9.298.912 promovido el abogado como agente oficioso de dos niñas y un niño y como apoderado judicial de Paco y otros en contra de la autoridad judicial 2, el magistrado Juan Carlos Cortés González se encuentra incurso en la causal de impedimento por tener interés en las resultas del proceso. En consecuencia, se ACEPTA el impedimento formulado.
- Segundo. SEPARAR al magistrado Juan Carlos Cortés González del conocimiento del proceso correspondiente a la acción de tutela con radicado T-9.298.912 en los términos de esta providencia.
- Tercero. ORDENARLE a la Secretaría General de la Corte Constitucional que levante la suspensión de los términos en el presente trámite con ocasión de la solicitud propuesta.
- Cuarto. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.